En INMOBILIARIA PONS MORALES estamos comprometidos a brindarte asistencia experta y dedicada en cada paso del proceso de búsqueda y compra de tu nueva casa en Menorca.
Menorca es una isla que enamora a todos los que la visitan, así que es muy habitual que una vez conozcas la isla quieras adquirir una propiedad.
Lo primero que necesitas saber es donde quieres comprar tu casa, qué tipo de propiedad deseas, así como todas tus preferencias. En Inmobiliaria Pons Morales nos encargaremos de buscarte todas las opciones disponibles y facilitarte toda la información.
Una vez hayas elegido tu casa, Pons Morales negociará el precio y/o condiciones por ti; haciendo todo lo posible para conseguirte el mejor acuerdo.
Tras el acuerdo verbal, llega el momento de plasmarlo todo en un acuerdo privado de compraventa. Se puede hacer mediante un documento de reserva/compromiso de compra o un contrato privado de compraventa/contrato de arras. En Pons Morales te asesoraremos en cada paso del proceso.
En términos generales, el proceso desde que encuentras tu casa hasta el momento en que puedes disfrutar de ella puede llevar entre 2 y 6 meses.
Para comprar una casa en España vas a necesitar un NIE (Número de Identidad de Extranjero). Se trata de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su tarjeta de identidad o pasaporte.
• Presentado personalmente una solicitud en España en la Dirección General de Policía (en cualquier comisaría de policía nacional) • Un representante actuando en nombre nuestro en España. • A través de las Representaciones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas ubicadas en cada país de residencia del solicitante, correspondiente a su demarcación de residencia.
Dependerá del sistema que hayas elegido. Si la gestión se realiza desde España, podría tomar entre 1 y 3 días. Si optas por tramitarlo a través de la Embajada o Consulado español en tu país de residencia, el proceso podría extenderse entre 2 y 3 semanas.
Cualquier persona que carezca de nacionalidad española y quiera comprar una casa en España. El proceso es ligeramente diferente entre ciudadanos de la Unión Europea y los que no lo son
Al adquirir una propiedad en España hay una serie de impuestos y gastos que deberán abonarse, algunos de ellos se pagan sólo una vez y otros anualmente.
Cuando adquirimos una casa en España, se pagan los siguientes gastos:
• Honorarios de la notaría. La cantidad depende del precio de compraventa, así como si junto a ella se inscribe una hipoteca o alguna carga más. • Honorarios del Registro de la Propiedad. • Impuesto de Transmisión Patrimonial. El cálculo y pago de este impuesto dependerá si compramos como persona física o jurídica.
En el supuesto de persona física, los impuestos a pagar dependerán del precio de la propiedad que adquirimos siendo un mínimo del 8% hasta un máximo del 13%. Si se compra como persona jurídica el pago de impuestos dependerá de más factores que requieren un cálculo más específico.
El pago de Impuestos requerirá, en su gran mayoría, disponer de una cuenta bancaria en España. Una vez tengas a tu disposición el NIE, deberás abrir una cuenta bancaria en España. Recuerda que todos los gastos de suministros, impuestos y demás; es recomendable y en algunos casos imprescindible que se paguen desde una cuenta bancaria española.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles situados en cualquier término del territorio español. El pago es obligatorio y no hay distinciones entre personas físicas o jurídicas. La cantidad depende de los metros construidos, así como la zona en donde se ubica la propiedad
Las personas físicas no residentes en España que sean titulares de inmuebles en España cuyo valor es superior a 700.000 €, están sujetos al pago de Impuesto sobre el Patrimonio. El tipo de gravamen varía en función de la base liquidable y oscila entre el 0,2% y el 2,5%. La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio debe presentarse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet.
Impuesto público de carácter local asociado a la prestación del servicio que realiza el ayuntamiento. La cantidad por pagar dependerá si la propiedad está ubicada en zona urbana o zona rústica.
Si nuestra propiedad está nombre de persona jurídica no residente en España, se deberá abonar este Impuesto especial cuyo gravamen es el 3% del valor catastral del inmueble. El impuesto tiene carácter anual y el plazo de presentación finaliza el 31 de enero siguiente al año impositivo en cuestión.
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